Licenciamientos de Software
Licenciamientos de Sofware
1 Sofware
1.1
Definición
Sofware, palabra proveniente del
inglés que en español no posee traducción adecuada al contexto, por lo cual, se
utiliza asiduamente sin traducir, admitida por la Real Academia Española –RAE-;[1]
aunque puede no ser estrictamente lo mismo, suele sustituirse por expresiones
tales como: programas informáticos, aplicaciones informáticas o soportes
lógicos. Término usado por primera vez en este sentido por John W. Tukey en
1957, en la ingeniería de software y las ciencias de la computación, este es
considerado como toda la información procesada por los sistemas informáticos:
programas y datos.
1.2
Conceptos
Sotfware, programa de soporte lógico de un sistema informático,[2]
que comprende un conjunto de componentes virtuales lógicos -incluyen, entre
muchos otros aplicaciones informáticas, tales como: procesador de texto, que
permite al usuario realizar todas las tareas concernientes a la edición de
textos- necesarios que hacen posible la realización de tareas específicas, en
contraposición a los componentes físicos llamados hardware. La interacción
entre software y hardware hace operativo un ordenador u dispositivo; es decir,
Software envía instrucciones y el Hardware ejecuta, haciendo posible su
funcionamiento.
1.3
Clasificación
1.3.1
Sistemas.[3]
Cuyo objetivo es desvincular adecuadamente al
usuario y al programador de los detalles del sistema informático en particular,
aislándolo especialmente del procesamiento referido a las características
internas de: memoria, discos, puertos y dispositivos de comunicaciones,
impresoras, pantallas, teclados, entre otros. Procura que el usuario y
programador tengan una adecuada interface de alto nivel, controladores, herramientas y utilidades de apoyo que
permiten el mantenimiento del sistema global; incluye entre otros:
1.3.2
Programación.
Conjunto de herramientas que permiten al programador desarrollar programas de informática, usando diferentes
alternativas y lenguajes de programación, de una manera práctica; incluyen en forma básica:
f.
Entornos
de desarrollo integrados.
1.3.3
Aplicación.[4]
Permite a los usuarios llevar a cabo una o
varias tareas específicas, en cualquier campo de actividad susceptible de ser
automatizado o asistido, con especial énfasis en los negocios; incluye entre
muchos otros:
2
Licenciamiento
2.1
Conceptos
Contrato entre el licenciante
-autor/titular de los derechos del software para explotación y distribución- y
el licenciatario -usuario consumidor, profesional o empresa-, para utilizarlo
en cumplimiento a una serie de términos y condiciones establecidas dentro de
sus cláusulas;[5]
es decir, es un conjunto de permisos que un desarrollador le puede otorgar a un
usuario en los que tiene la posibilidad de distribuir, usar o modificar -cesión
de determinados derechos del propietario al usuario final sobre una o varias
copias del programa informático, límites en la responsabilidad por fallos, plazo de
cesión de los derechos, ámbito geográfico de validez del contrato, e incluso
establecer determinados compromisos del usuario final hacia el propietario,
tales como: la no cesión del programa a terceros o la no reinstalación del
programa en equipos distintos al que se instaló originalmente-, el producto bajo
una licencia determinada. Además suelen definir los plazos de duración,
territorio donde se aplica la licencia -ya que la licencia se soporta en las
leyes particulares de cada país o región-, entre otros.
2.2
Clasificación[6]
2.2.1
Según derechos de autor.[7]
2.2.1.1 Licencia
de software de código abierto permisiva.
Se puede crear
una obra derivada sin que ésta tenga obligación de protección alguna; muchas
licencias pertenecen a esta clase, entre otras:
d. Attribution Assurance license.
g. University of Illinois/NCSA Open Source License.
h. W3C Software Notice and License.
i.
Zope Public License v.2.0
j.
Open LDAP License v.2.7
k. Perl License.
m. Python License v.2.1
n. PHP License v.3.0
o. VMS License.
2.2.1.2 Licencia
de software de código abierto robustas.
Estas
licencias aplican algunas restricciones a las obras derivadas, haciendo que
según el grado de aplicación se puedan dividir a su vez en dos subcategorías:
a.
Fuertes, contienen
una cláusula que obliga a que las obras derivadas o modificaciones que se
realicen al software original
se deban licenciar bajo los mismos términos y condiciones de la licencia
original; entre esta categoría están:
·
Common Public License v.1.0.
·
eCos License v.2.0
·
Sleepycat Software Product
License.
·
Affero License v.1.0
·
Affero License v.2.0
·
OpenSSL License.
b. Débiles, contienen una cláusula que obliga a que las
modificaciones que se realicen al software original
se deban licenciar bajo los mismos términos y condiciones de la licencia
original, pero que las obras derivadas que se puedan realizar de él puedan ser
licenciadas bajo otros términos y condiciones distintas; entre esta categoría
están:
·
Open Source License.
·
Apple Source License v.2.0
·
CDDL.
·
EUPL.
2.2.1.3 Licencia
de software de código cerrado.
También
se conocen con el nombre de «software propietario o privativo». En ellas los propietarios
establecen los derechos de: uso, distribución, redistribución, copia,
modificación, cesión y en general cualquier otra consideración que se estime
necesaria.
Este tipo
de licencias, por lo general no permiten que el software sea modificado, desensamblado, copiado o
distribuido de formas no especificadas en la propia licencia, regula el número
de copias que pueden ser instaladas e incluso los fines concretos para los
cuales puede ser utilizado, limitando fuertemente la responsabilidad derivada
de fallos en el programa. Los fabricantes de este tipo de programas sometidos a
este tipo de licencias por lo general ofrecen servicios de soporte técnico, y
actualizaciones durante el tiempo de vida del producto; algunos ejemplos de
este tipo de licencias son las llamadas:
·
Acuerdo
de licencia de usuario final -ALUF-,
·
Contrato
de licencia de usuario final -CLUF-,
·
End-user license agreement -EULA-.
2.2.1.4 Dominio
público -sin licencia-.
Permite uso, copia, modificación o
redistribución con o sin fines de lucro; no requiere de licencia, pues sus
derechos de explotación son para toda la humanidad, porque permite el acceso a
todos por igual. Cualquiera puede hacer uso de él, consignando su autoría
original.
Este
software sería aquel cuyo autor lo dona a la humanidad o cuyos derechos de
autor han expirado; si un autor condiciona su uso bajo una licencia, por muy
débil que sea, ya no es del dominio público.[8]
2.2.2
Según
su destinatario.[9]
2.2.2.1 Licencia
de usuario final.
Acuerdo
por la cual el uso de un producto solo está permitido para un único usuario -comprador-.
En este tipo de contrato, el dueño de los derechos de un producto insta al
usuario final de éste a que reconozca tener conocimiento de las restricciones
de uso, de los derechos del autor, de las patentes, entre otros.., y que acepte
de conformidad.
En
ocasiones se exige al usuario renunciar a realizar reclamos o demandas legales
por diversos motivos, tales como: posibles daños producidos por el producto o
fallos en él, o aceptar la restitución de la mercancía en la forma y monto que
la compañía decida.
Este tipo
de acuerdo son unilaterales pues el usuario no tiene más opción que aceptar o
rechazar el contenido del mismo -en algunos países existen organizaciones
de protección al consumidor que autorizan ciertas
excepciones-, y expresa los usos que se pueden dar y cuáles no al producto, ya
que, quien lo compra no es legalmente en ninguna forma dueño del producto sino
sólo de una licencia para su uso, considerándose esto último por algunas
personas como una limitación a los derechos del consumidor.
2.2.2.2 Licencia
de distribuidores.
En este
tipo de contrato, se le asigna derechos restringidos a un mayorista para que
venda el producto -software- a
terceros, dando una remesa o comisión al fabricante; la misma puede ser por
primera venta o licencia de renovación de contrato. No se trata de una licencia
de uso en términos jurídicos sino un acuerdo comercial en el que no tiene por
qué ser cedido el derecho de distribución necesariamente; puede darse el caso
simple de una actividad comercial en la que el distribuidor ni siquiera tenga
contacto con el producto -software-,
y éste como elemento, y la licencia de uso en sí sea directamente suscrita y
puesta a disposición por parte del fabricante, encargándose el distribuidor del
correspondiente cobro al usuario y pago al fabricante menos su comisión.
3
Recursos multimedia
3.1
Definición
El término multimedia refiere a cualquier objeto o sistema que utiliza
múltiples medios de expresión físicos o virtuales para presentar o informar
generalmente a través del uso combinado de textos, sonidos, imágenes, videos y animaciones,
permitiendo interactividad con el usuario.[10]
3.2
Concepto.
Este tipo de recursos son para el intercambio de información consistente
en un conjunto de aplicaciones o programas informáticos que pueden estar en cd
room o en la web, que permiten a los usuarios un avanzado nivel de colaboración
y personalización de los contenidos que se comparten.
3.3
Clasificación[11]
De los recursos multimedia más usados actualmente de manera general son:
a. Youtube,
b. Flickr,
c. Slideshare,
d. Teachertube.
También según su utilidad se pueden mencionar:
e. Materiales didácticos multimedia, comprenden todo tipo de software
educativo dirigido a facilitar unos aprendizajes específicos.
f.
Cursos impartidos en
entornos virtuales de aprendizaje (EVA), integrados generalmente por diversas
asignaturas que se desarrollan a través de las funcionalidades de un entorno
tipo “campus virtual”.
g. Otros… que sin ser materiales didácticos: gestión de centros,
orientación escolar, gestión de tutorías, diagnósticos, entre otros más.
4
Licencias
Para el uso de recursos virtuales, materiales didácticos, contenidos
audiovisuales y documentación en diversos formatos enriquece el proceso de
aprendizaje, facilita la comprensión de los contenidos, motiva a los
participantes y permite ampliar conocimientos, entre otras ventajas.
Las tecnologías, y los nuevos dispositivos, facilitan enormemente el
acceso a todo tipo de recursos, así como la posibilidad de compartirlos y
difundirlos; sin embargo, en todos estos procesos, desde la creación hasta la
difusión de cualquier material que encontremos en la red, hay que tener en
cuenta la legalidad, el respeto a los derechos de autor y las licencias de uso
en cada caso, tanto para utilizar recursos de Internet como para poner a
disposición de otros docentes materiales; a continuación mencionaremos los
siguientes:
a. Copyleft y licencias libres, permiten que utilices materiales de otros
autores o publiques los tuyos con ciertas condiciones, para que cualquier pueda
aprovecharlos y beneficiarse tu experiencia, respetando algunas premisas. Es
una de las más utilizadas por su versatilidad -adecuada para todo tipo de
materiales- porque permite diversos niveles de protección escogiendo y/o
combinando cuatro características: reconocimiento, no comercial, sin obras
derivadas, compartir; de la combinación de estas cuatro condiciones surgen más
licencias diferentes, según los permisos escogidos que se pueden observar con
características y lo que permiten hacer. Otras licencias copyleft también son:
b. Coloriuris, sistema de licencias que permite diversos usos a partir de
los colores del certificado.
c. GNU, para software, su mayor exponente es el sistema operativo
GNU-Linux.
d. Arte Libre, centrada en las obras artísticas.
[1] Real Academia Española. «Significado de la palabra
Software». Diccionario de la
Lengua Española, 22Iº Ed. Consultado el 14 de agosto de 2019.
[2] Real Academia Española. «Uso de la palabra Software». Diccionario panhispánico de dudas, 1°. Ed.
(octubre de 2005). Consultado, el 18 de Agosto de 2019.
[3] Net Market Share. Net Applications «Operating System Market Share»; año
2012. Consultado, el 5 de septiembre de 2019.
[4] «Application software». PC Magazine (en inglés). Ziff Davis., y Ryan,
Thorne., 14 de marzo de 2013. «Caffeine and computer screens: student programmers
endure weekend long appathon» (inglés). The Arbiter. Consultadas, el 14 de agosto de 2019.
[5] Alegsa. «Definición de Licencia de software». http://www.alegsa.com.ar y https://www.softwaredoit.es/definicion/index.html. Consultadas, el 21 de agosto de 2019.
[7] Ramón M. Gómez Labrador (septiembre de
2005). «Tipos de
Licencias de Software».
Consultado, el 20 de agosto de 2019.
[8] Dusollier, Séverine (2010). “Estudio exploratorio sobre el derecho de autor y los derechos conexos, y
el dominio público. OMPI”.
Consultado el 20 de septiembre de 2019.
[9] Ramón M. Gómez Labrador (septiembre de
2005). «Tipos de
Licencias de Software».
Consultado, el 20 de agosto de 2019.
[10] Marytmb123., “Recursos
Multimedia”; Disponible en línea: https://es.slideshare.net/marytmb123/recursos-multimedia-3481975 Consultado el 25 de septiembre de 2019.
[11] Alvarado Vega, Esteban., “Los recursos multimedia: tipos, criterios de
selección y creación”; Disponible en línea: https://es.slideshare.net/stbncr/los-recursos-multimedia-tipos-criterios-de-seleccin-y-creacin Consultado el 25 de septiembre de 2019.
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